El exceso de temporalidad en la sanidad española incumple las normas de la UE

160915 TSJUEUna sentencia del Tribunal de Justicia de la UE da la razón a las reclamaciones realizadas por la profesión en el mismo sentido.- CESM ya ha requerido a la UE (a través de FEMS) para que lleve adelante su advertencia de sancionar a España si se mantiene la situación actual


♠ El 41% de los médicos que trabajan en el SNS sin plaza en propiedad lo hacen con contratos precarios


España ya ha sido advertida por la UE de que puede ser sancionada por abuso de la contratación temporal

 







En una contundente sentencia, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha concluido que el Derecho de la UE se opone la renovación de nombramientos temporales en los servicios sanitarios para atender necesidades permanentes, porque eso alienta la precariedad en el empleo.


El sistema de la Administración pública española, dice la sentencia, provoca que «la situación de precariedad de los trabajadores se convierta en permanente«, porque no limita la duración de los contratos temporales a interinos ni el número de renovaciones.


El dictamen del TJUE se pronuncia sobre el caso de una enfermera que trabajó en el Hospital Universitario de Madrid entre febrero de 2009 y junio de 2013. Su contrato fue renovado hasta el siete ocasiones a través de nombramientos para «servicios determinados de naturaleza temporal, coyuntural o extraordinaria». El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Madrid acudió a la justicia europea porque, en el sector sanitario, la norma española permite la renovación de nombramientos de duración determinada. El juez solicitó asistencia para determinar si esta regulación es contraria a la normativa europea, que establece que los países deben poner límites para evitar abusos en al contratación temporal. Y el Tribunal de Justicia de la UE ha sido rotundo: El Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, que permite encadenar acuerdos temporales que se acaban usando para cubrir necesidades habituales, no respeta el Derecho comunitario.


SNS, “la mayor empresa de empleo temporal”


Cabe recordar que esta situación sobre la que llama la atención la sentencia del TJUE, ya fue denunciada el pasado mes de marzo por la Organización Médica Colegial (OMC), durante la presentación de la 3ª oleada del “Estudio sobre la situación laboral de los Médicos en España”, promovido por las Vocalías Nacionales de Médicos en Empleo Precario y de Formación y/o Postgrado de la Organización Médica Colegial (OMC) en colaboración con la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) y amparado por el Foro de la Profesión Médica (FPME), de la que se desprendía que el Sistema Nacional de Salud (SNS) representa “la mayor empresa de trabajo temporal”.


Como señala MÉDICOS Y PACIENTES, este trabajo, realizado en base a 10.050 encuestas de médicos procedentes de las 52 provincias españolas, puso de relieve que dentro del sistema público, tan sólo la mitad de los médicos dispone de plaza en propiedad (50,2%) lo que significa que uno de cada dos médicos de la sanidad pública realiza su labor en situación de inestabilidad y/o irregularidad. Además, se aseguraba que el 41% de los médicos encuestados que trabajan actualmente en el Sistema Público y no tienen plaza en propiedad lo hacen con contratos precarios, y solo un 42,9% tiene contratos de duración superior a seis meses. La conclusión de dicho estudio es que en el último año se produjo un incremento de la t
emporalidad e inestabilidad en la profesión médica.


Directiva europea


Procede recordar también que España ya ha sido advertida por la Comisión Europea de que se expone a ser sancionada si no se corrige la situación actual, y que, a instancias de la CESM, en la pasada reunión de la Federación Europea de Médicos Asalariados (FEMS, por sus siglas en francés), celebrada el pasado 9 de mayo en Chipre, se acordó realizar un requerimiento formal a la Comisión Europea para que retome su presión al respecto. Dicho requerimiento se ha trasladado tanto a la Dirección General de Salud como a la de Trabajo, ambas dependientes de la Comisión Europea.


Igualmente, es de mencionar que, en base a ello, la Asociación de Médicos y Titulados uperiores de Madrid (AMYTS-CESM) mantiene planteado un recurso desde hace meses para acabar con el encadenamiento de contratos eventuales.




Fuentes: AMYTS, 15-09-2016; REDACCIÓN MÉDICA, 14-09-2016; EL MUNDO, 14-09-2016; MÉDICOS Y PACIENTES, 15-09-2016; CONSALUD.ES, 14-09-2016; DIARIO MÉDICO, 05-09-2016


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